Crédito Especial para Ahorradores sin Cartera

Línea de crédito que por su tasa reconoce su permanencia y su cumplimiento con el FESUN

Condiciones requeridas:

  • Se debe tener como base, entre Ahorros Permanentes, Aportes Sociales y Ahorros Voluntarios el 10% del valor del crédito a solicitar y mantener el 10% sobre saldo, cuando el monto del crédito sea superior a 3 SMMLV.
  • Dirigida a Asociados que no tengan ningún crédito con el FESUN. (no se tendrá en cuenta como crédito los seguros, prepagada o complementario, mercados, lácteos).
  • Se otorga únicamente a asociados que tengan excelente cumplimiento con sus obligaciones con FESUN, No tiene carácter rotativo.
  • Se otorga una vez al año calendario cumpliendo los requisitos anteriores.
  • Antigüedad

    El solicitante del préstamo debe llevar como mínimo doce (12) meses continuos como asociado del fondo.

  • Monto

    Para todos los asociados la cuantía será cupo garantía y máximo hasta el 10% del patrimonio técnico

  • Garantías

    Para todos los asociados la cuantía será cupo garantía y máximo hasta el 10% del patrimonio técnico con garantías personales y el 20% con garantía hipotecaria

  • Plazo

    Máximo 60 meses.

  • Tasa de interés

    1 - 3 años de antigüedad 1,09% Sobre saldos. 3 - 5 años de antigüedad 0,99% Sobre saldos. Más de 5 años de antigüedad 0,89% Sobre saldos.

  • Forma de pago

    Descuento por libranza o caja.

Elementos que constituyen un crédito

Recursos bases de los créditos:

El cupo estará determinado por el monto de las garantías y su capacidad de pago y el monto máximo será el 10% del patrimonio técnico con garantías personales y el 20% con garantía hipotecaria.

Monto de los ingresos del asociado que dispone quincenal o mensualmente para cubrir las obligaciones con el Fondo (cuotas de ahorros y créditos) para los descuentos el monto será el 38% del salario.

El asociado de acuerdo con el monto y línea de crédito determina el valor de la cuota y por tanto el plazo en que pagara el crédito; el plazo no puede ser superior a lo estipulado en el reglamento de crédito para cada línea.

Corresponde a la tasa establecida para cada línea de crédito que aplica el fondo sobre saldos según los plazos establecidos.

Respaldo personal (ahorros, liquidación de prestaciones sociales, pignoración de cesantías consignadas) o real (Hipoteca y/o prenda) que protege el monto prestado contra el riesgo de no pago de quien contrae la obligación. Todo asociado desde su afiliación firma un pagare en blanco con su respectiva carta de instrucciones como respaldo a futuras obligaciones crediticias con el fondo.

Solicitar información sobre la historia y comportamiento crediticio del asociado Previa autorización por escrito por parte del asociado.

Todo monto de crédito cuenta con un amparo de protección, en caso de muerte del asociado, el cual será asumido en calidad de auxilio por el fondo de empleados.

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